Resolución 424 JUNAC Solicitud del Gobierno de Bolivia para el diferimiento del Arancel Externo Común del trigo y la harina de trigo por razones de emergencia nacional

RESOLUCION 424 Solicitud del Gobierno de Bolivia para el diferimiento del Arancel Externo Común del trigo y la harina de trigo por razones de emergencia nacional

LA JUNTA DEL ACUERDO DE CARTAGENA,

VISTOS: Los Artículos 67 del Acuerdo y 5 de la Decisión 370 de la Comisión y las Resoluciones 364, 387 y 395 de la Junta;

CONSIDERANDO: Que el Gobierno de Bolivia, mediante comunicación DCOI/TM/No. 146/96 del Ministerio de Desarrollo Económico, recibida en la Junta el 4 de julio de 1996, solicitó el diferimiento por un plazo de 90 días de la aplicación del Arancel Externo Común del trigo y la harina de trigo, clasificados en las subpartidas NANDINA 1001.10.90, 1001.90.20 y 1101.00.00;

Que la referida solicitud se fundamenta en la situación de emergencia mundial y nacional que se habría presentado en la campaña agrícola de 1995/96. En el contexto internacional se plantea el sostenido incremento de los precios internacionales durante los últimos tres años hasta alcanzar niveles cercanos a los 300 dólares por tonelada. En el plano interno se menciona la ocurrencia de pérdidas en la producción nacional de trigo por factores climáticos adversos que habrían afectado tanto los rendimientos como la superficie sembrada, ocasionando un descenso del 21% con respecto a la producción del año agrícola anterior;

Que de acuerdo con la información disponible en la Junta, los precios internacionales del trigo y de la harina de trigo muestran durante los últimos...

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