2013

EmisorComisión de la Comunidad Andina

Decisión 700

Programa Estadístico Comunitario 2008-2013

LA COMISION DE LA COMUNIDAD ANDINA,

VISTOS: Los Artículos 51 y 54 del Acuerdo de Cartagena, las Decisiones 115, 511, 534, 544, 565, 610, 646, 647, 648, 649 y 650 de la Comisión; y la Propuesta 210 de la Secretaría General;

CONSIDERANDO: Que la Comunidad Andina ha adoptado decisiones con vistas a la aplicación y al funcionamiento del mercado ampliado y que tienen como objetivo combatir la pobreza, la inequidad y la exclusión social; recuperar la armonía y el equilibrio entre el hombre y la naturaleza; mejorar la inserción internacional de las economías andinas; impulsar una política exterior común que genere beneficios para toda la población; fortalecer las democracias participativas y los derechos humanos; y posibilitar la participación social y espacios de diálogo con la sociedad civil;

Que para el diseño, aplicación, seguimiento y evaluación de sus políticas, la Comunidad Andina debe poder acceder en el momento oportuno a datos estadísticos comparables entre los Países Miembros, actualizados, confiables, pertinentes y producidos con la máxima eficacia;

Que para asegurar la coherencia y comparabilidad de la información estadística en la Comunidad Andina, es necesario establecer un programa estadístico a mediano plazo;

Que la especificidad en la elaboración de las estadísticas comunitarias, basada en los sistemas estadísticos nacionales, requiere una colaboración especialmente estrecha, en el marco del Comité Andino de Estadística, respecto de la creación de los instrumentos jurídicos necesarios para establecer dichas estadísticas...

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