Proceso 114-AI-2004
Gaceta Oficial de la Comunidad Andina núm. 1295, 9 de Febrero de 2006 › Proceso › Tribunal de justicia de la comunidad andina
Enlazado como:Gaceta Oficial de la Comunidad Andina núm. 1295, 9 de Febrero de 2006 › Proceso › Tribunal de justicia de la comunidad andina
Enlazado como:Extracto
Proceso 114-AI-2004
Proceso 114-AI-2004 Acción de incumplimiento interpuesta por la Asociación de Industrias Farmacéuticas Colombianas, ASINFAR, contra la República de Colombia por haber expedido el Decreto 2085 de 19 de septiembre de 2002 en supuesta violación de los artículos 4 del Tratado de Creación del Tribunal de Justicia de la Comunidad Andina, 260 a 266, 276 y 279 de la Decisión 486 de la Comisión de la Comunidad Andina.EL TRIBUNAL DE JUSTICIA DE LA COMUNIDAD ANDINA, en San Francisco de Quito, a los ocho días del mes de diciembre de dos mil cinco.VISTOS:El escrito de demanda de 25 de agosto de 2004, recibido en este Tribunal el 1 de septiembre de 2004, presentado por el señor José Manuel Álvarez Zárate, actuando en nombre y representación de la Asociación de Industrias Farmacéuticas Colombianas ASINFAR;El auto de 13 de octubre de 2004, por el cual el Tribunal decidió: “Admitir a trámite la demanda y ordenar su notificación a la demandada, advirtiéndole que a los fines de la contestación a la misma se le concede un término de 40 días continuos, contados a partir de dicha notificación… Tener como parte demandante a la Asociación de Industrias Farmacéuticas ASINFAR y reconocer personería al doctor José Manuel Álvarez Zárate para que intervenga en el juicio en nombre y representación de ésta”;El escrito de contestación a la demanda, de 24 de noviembre de 2004, recibido, en este Tribunal, vía fax el mismo día y en originales el 30 de noviembre de 2004, presentado por Jorge Humberto Botero, Ministro de Comercio, Industria y Turismo de la República de Colombia y María Clara Gutiérrez Gómez con base al poder especial conferido;El escrito de solicitud de tercero interesado, recibido vía fax el 24 de noviembre de 2004 y en originales el 26 de noviembre de 2004, en el que la Asociación de Laboratorios Farmacéuticos de Investigación solicita al Tribunal que “… reconozca a AFIDRO como tercero interesado en el proceso …”;El auto de 26 de enero de 2005, en el que el Tribunal decide “Tener por contestada formalmente la demanda y como parte demandada a la República de Colombia representada por Jorge Humberto Botero, Ministro de Comercio, Industria y Turismo de la República de Colombia y María Clara Gutiérrez Gómez para que intervenga en juicio como su abogada con base en el poder especial otorgado a quienes se le reconoce personería para el efecto … Tener por presentadas las pruebas aportadas por la actora y la demandada … Desestimar la solicitud de tercero interesado impetrada por la Asociación de Laboratorios Farmacéuticos de Investigación –AFIDRO– … Convocar a las partes a Audiencia Pública, la cual tendrá lugar el día 17 de marzo del año en curso, a las 10H00 en la Sala de Audiencias del Tribunal”;El escrito, con reconocimiento de firma, de solicitud de tercero interesado, recibido vía fax y vía courier el 10 de febrero de 2005, en el que la Asociación de Laboratorios Farmacéuticos de Investigación solicita al Tribunal que “… reconozca a AFIDRO como tercero interesado en el proceso, por cuanto varias de sus empresas afiliadas tienen interés jurídico sustancial en el proceso y pueden ser afectados desfavorablemente si la República de Colombia es declarada en situación de incumplimiento … de conformidad con el artículo 72 de la Decisión 500, al contestar la demanda dentro del término legal, AFIDRO debe ser admitido como tercero en el estado en que se encuentre el proceso…”;El auto de 2 de marzo de 2005, en el que el Tribunal decide: “Declarar procedente la solicitud de tercero interesado formulada por el apoderado de la Asociación de Laboratorios Farmacéuticos de Investigación, AFIDRO, doctor Marcel Tangarife Torres, a objeto de que éste intervenga en el proceso en el estado en que se encuentra; y, en consecuencia tener a dicha asociación como tercero interesado en las resultas del proceso … Reconocer personería al abogado Marcel Tangarife Torres para obrar como apoderado de la Asociación de Laboratorios Farmacéuticos de Investigación, AFIDRO … No aceptar la excepción previa formulada y la prueba aportada por el tercero interesado ni la solicitud de que se decreten o practiquen más pruebas …”;El auto de 2 de marzo de 2005, en el que el Tribunal decide: “Desestimar por falta de fundamento el recurso de reconsideración presentado por la Asociación de Laboratorios Farmacéuticos de Investigación, AFIDRO”, relacionado con la solicitud de revocatoria de la parte resolutiva del auto de 26 de enero de 2005;El auto de 9 de marzo de 2005, en el que el Tribunal decide: “Dar curso a lo solicitado y, en consecuencia, dejar sin efecto la convocatoria a Audiencia Pública dispuesta por medio de auto de 26 de enero de 2005 y convocar, a las partes en este Proceso, a la nueva Audiencia que tendrá lugar en la Sala de Audiencias de este Tribunal, el d...
Ver el contenido completo de este documento
Enlaces patrocinados
ver las páginas en versión mobile | web
ver las páginas en versión mobile | web
© Copyright 2012, vLex. Todos los Derechos Reservados.
Contenidos en vLex Comunidad Andina
Explora vLex
Para Profesionales
Para Socios